Nuevo Régimen Único Simplificado - RUS [Actualización 2018]



¿Quiénes pueden acogerse a este régimen?
Pueden acogerse a este Régimen: Personas Naturales y Sucesiones Indivisas que contemplen lo siguiente:
  • Los Ingresos Brutos y el monto de las compras no sean mayor a S/ 360,000
  • El valor de los activos fijos no sea mayor a S/ 70,000
  • Deben realizar actividades en un solo establecimiento o sede productiva.
Impedidos a acogerse a Nuevo RUS
No pueden acogerse al Nuevo RUS, aquellos que:
  • Presten el servicio de transporte de carga de mercancías utilizando sus vehículos que tengan una capacidad de carga mayor o igual a 2 TM.
  • Presten el servicio de transporte terrestre nacional o internacional de pasajeros.
  • Efectúen y/o tramiten algún régimen, operación o destino aduanero; excepto que se trate de contribuyentes:
  • Cuyo domicilio fiscal se encuentre en zona de frontera, que realicen importaciones definitivas que no excedan de US $ 500 por mes, de acuerdo a lo señalado en el Reglamento.
  • Que efectúen exportaciones de mercancías a través de los destinos aduaneros especiales o de excepción previstos en los incisos b) y c) del artículo 83º de la Ley General de Aduanas, con sujeción a la normatividad específica que las regule.
  • Que realicen exportaciones definitivas de mercancías, a través del despacho simplificado de exportación, al amparo de lo dispuesto en la normatividad aduanera.
  • Realicen venta de inmuebles.
  • Desarrollen actividades de comercialización de combustibles líquidos y otros productos derivados de los hidrocarburos, de acuerdo con el Reglamento para la Comercialización de Combustibles Líquidos y otros productos derivados de los Hidrocarburos.
  • Entreguen bienes en consignación.
  • Presten servicios de depósitos aduaneros y terminales de almacenamiento.
  • Realicen alguna de las operaciones gravadas con el Impuesto Selectivo al Consumo.
  • Realicen operaciones afectas al Impuesto a la venta del Arroz Pilado.
  • Organicen cualquier tipo de espectáculo público.
  • Sean notarios, martilleros, comisionistas y/o rematadores; agentes corredores de productos, de bolsa de valores y/u operadores especiales que realizan actividades en la Bolsa de Productos;  agentes de aduana y los intermediarios de seguros.
  • Sean titulares de negocios de casinos, máquinas tragamonedas y/u otros de naturaleza similar.
  • Sean titulares de agencias de viaje, propaganda y/o publicidad.
Tipo de Comprobantes a emitir:
  1. Boletas de Venta.
  2. Tickets
  3. Máquinas registradoras sin derecho al crédito fiscal.
Tributos a Pagar:
CategoríaIngresos Hasta S/.Compras Hasta S/.Cuota por Pagar
15,0005,00020
28,0008,00050
313,00013,000200
420,00020,000400
530,00030,000600
¿Quiénes se encuentran en la categoría especial del nuevo RUS?
La Categoría Especial del NUEVO RUS está dirigida a aquellos contribuyentes cuyos ingresos brutos y sus compras anuales no supere cada uno de S/ 60,000 y siempre que se trate de:
Personas que se dediquen únicamente a la venta de frutas, hortalizas, legumbres, tubérculos, raíces, semillas y demás bienes especificados en el Apéndice I de la Ley del IGV e ISC, realizada en los mercados de abastos.
Personas dedicados exclusivamente al cultivo de productos agrícolas y que vendan sus productos en su estado natural.
La cuota mensual aplicable a los contribuyentes ubicados en la “Categoría Especial” es de S/. 0.00, es decir, que no paga.
¿Cuándo se debe cambiar de Régimen (salir del Nuevo RUS)?
El cambio del régimen puede ser voluntario u obligatorio:
Voluntario: Se puede dar en cualquier mes del año. El contribuyente se podrá incorporar al RER o al RÉGIMEN GENERAL DEL IMPUESTO A LA RENTA.
Obligatorio: Se produce si durante el año, el contribuyente incumple con algunos de los requisitos establecidos para el NUEVO RUS.
En este caso el contribuyente ingresará al RÉGIMEN GENERAL DEL IMPUESTO A LA RENTA.
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A partir del 01 de Enero de 2017, muchos contribuyentes que pertenecen al Nuevo Rus tendrán que abandonar dicho régimen.
El 20 de diciembre se promulgo el Decreto Legislativo 1270, que modifica drásticamente los requisitos para pertenecer a dicho régimen, reduciendo las opciones de acogerse al régimen del Nuevo Rus.

Régimen Único Simplificado

El Nuevo Rus es un régimen que está pensado para personas naturales o sucesiones indivisas que realizan ventas de mercaderías o servicios a consumidores finales.
Por ejemplo: Una bodega, una panadería, una peluquería, una restaurante, un carpintero, etc.
Este régimen eran muy sencillo en el aspecto tributario, se caracterizaba por ser “monotributo”, un solo pago fijo que abarcan diferentes impuesto (IR, IGV e IMP).
El pago de la cuota depende del nivel de ingresos y/o adquisidores que realiza un contribuyente en un mes.
Adicionalmente, no están obligados a llevar ningún libro contable o presentar declaraciones telemáticas mensual o anuales.

Decreto Legislativo 1270

El Decreto Legislativo 1270 establece dos principales cambios al Nuevo Rus:

Categorías

Una de los principales cambios del Nuevo Rus para este año 2017, es la reducción de las categorías.
A partir del 2017, estarán disponibles categorías para pertenecer al Nuevo Rus.

Fuente: https://www.noticierocontable.com/nuevo-rus/

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